domingo, 28 de junio de 2015

BENSERSIEL en Roda de Isábena




Nave utilizada para la pesca del camarón en el Mar del Norte

Maqueta realizada por Vicente en 1990, hoy forma parte de su Museo de Tierra Mar y Aire en la Localidad oscense de Roda de Isábena, en la comarca de la Ribagorza 

Corsarios / Patente de Corso / Iñigo de Artieta




Nació en Lequeitio, prov de Vizcaya, fue marino, armador, comerciante, militar y corsario

Sus padres eran mercaderes del siglo XV

Allá por el 1476, se preparó una flota para luchar contra los portugueses que traían  esclavos y oro de Guinea capitaneada por  Charles Varela.  Una de las 12 embarcaciones que la formaban  era una carabela propiedad de Íñigo, comandada por Antón Martínez Nieto y fletada por 80.000  maravedíes


Un año después participó con su carabela Santa María Magdalena en una nueva flota militar con destino a Guinea. La nave fue fletada por el Doctor _Rodríguez Lilo, del Consejo de su majestad, cumpliendo órdenes de  Alonso Fernández de Lugo

En  1491 se le concede a Diego de Artieta  permiso para construir una carraca, sus majestades enviaron una carta instando al corregidor para que no se cobrase ningún impuesto. Los Reyes Católicos daban facilidades a los armadores para incentivar la construcción de barcos, así cuando fuese necesario  formar una armada estaban los armadores a su disposición, también daban privilegios a los que construyeran naves cada vez más grandes, un documento atestigua esta ayuda de los Reyes a Íñigo de Artieta por una nave de 900 toneles que se construyó en Lequeitio



Como comerciante sus barcos actuaron en el mediterráneo  uniendo la península ibérica con las Islas Baleares y estas con  Italia (Génova, Pisa, Nápoles, Venecia, etc lo que transportaban generalmente era sardina, atún, trigo y sal

Como corsario: María Grasa fue uno de los barcos con los que comerció en el Mediterráneo y que fue vendido para construir otro más grande. Aprovecho estos viajes por el Mediterráneo  para dedicarse  al corso, haciendo varios apresamientos de naves y compraba telas y otros artículos para la iglesia de Santa María de Lequeitio 



En 1482, Iñigo cuando cargaba su nao en Palermo  con paños de comerciantes genoveses,  tuvo  que enfrentarse a Luis de Pexo que intentaba  impedir esta transacción por considerar a los genoveses enemigos de la Corona Española. En esta contienda Artieta se apodero del barco de Pexo

Por este apresamiento declaro un beneficio de 500 ducados. En aquel momento los armadores de barcos lequeitianos pagan el 1% de sus beneficios a la fábrica de Santa María de Lequeitio, por lo que Iñigo  de Artieta ingreso 5 ducados a dicha fábrica

En 1487 Artieta recibió una carta de los Reyes Católicos acusándole  de haber asaltado y robado en un barco propiedad del Rey de Nápoles en el puerto de Otranto, le reclamaban 60.000 ducados, Iñigo se defendió diciendo  que el suceso había sido en la costa de Tarento. Que en ese momento el barco era de  el moro Cide Amed. Por este suceso Artieta declaro 5.300 ducados de beneficio ingresando 53 ducados a la fábrica de Santa María

Motivado por el Descubrimiento de América se produjo el empeoramiento de nuestras relaciones con Portugal. Temiendo una acción hostil por parte de Juan II de Portugal  los Reyes Católicos para proteger la navegación Castellana y frenar los navíos portugueses  en la pugna por controlar la ruta el nuevo continente ordenaron se   organizase una armada oceánica,  para proteger la navegación  castellana, tanto en el estrecho como en las costas atlánticas, así como frenar a los navíos portugueses en la pugna por el control del nuevo continente

En realidad las  disputas entre Castilla y Portugal se producían   por diversas causas: la sucesión al trono de Castilla, la pugna por el comercio de Guinea. Por pretender Portugal monopolizar la ruta de África  

Iñigo de Artieta fue nombrado Capitán General de esta armada formada por naves y tripulaciones de vascongadas  y que partió en 1493

Componían  la flora, una carraca propiedad de Artieta, una nao mayor, dos naos medianas y una nao menor , una carabela proporcionada por Iñigo de Artieta  para  ayudar a la carraca. Esta estaba tasada en 1.000 toneles medida utilizada entre los vascos (10 toneles = 12 toneladas)  contaba con una tripulación de 300 hombres mayoría de Lequeitio, 100 marineros Y 200 hombres de armas, entre ellos 1 piloto, 1 capellán, un cirujano y 14 grumetes, también contaba con más de 100 piezas de artillería

Aunque se pensaba que la misión de la armada era dar escolta a  las naves de Cristóbal Colón  desde su salida de Cádiz hasta bien adentrado en el océano con el fin de protegerlas de los portugueses. Conociendo los Reyes Católicos que los portugueses no iban a hacerse a la mar, cambió el cometido encomendando a esta armada el tralado del rey Boabdil y su corte de Adra hacia su corte africana, luego se les ordeno hacer un viaje a Canarias que no llego a efectuarse

Una vez firmado el tratado de Tordesillas con Portugal la armada dejo de ser necesaria, pero volvió a necesitarse en Italia donde se dirigió  aumentada con 7 carabelas para unirse a las 20 naves que allí estaban
En esta ocasión Artieta iba al mando de la Armada de Sicilia, participando en el bloqueo de Gaeta que consiguió que sus enemigos no pudieran recibir alimentos por mar

Artieta era poseedor de una merced real para cuatro lanzas mareantes

Tener concedida una merced significaba que  debía realizar cierto trabajo provechoso para los reyes. Sirviendo al Estado con armamento en proporción a la cuantía de la concesión

Que  resultaba beneficiado con una merced pagaba con ella un número prefijado de lanzas o ballestas que combatían   por él cuando el rey llamaba a las armas

Siendo la merced de Artieta de  cuatro lanzas mareantes, su obligación consistía en servir por mar  exclusivamente




En 1503 Artieta, contrato con las dominicas de Lekeitio, la cesión de 8.600 maravedies que dijo recibir de los Reyes Católicos, destinando 6000 para una capellanía que diariamente celebrase una misa diaria por su alma, y los otros 2.600 para que la comunidad religiosa construyese una capilla, para que él y sus sucesores fueran sepultados. Murió  alrededor de 1510 y fue enterrado en dicha capilla



Patente de Corso es un documento artículos emitido por el gobierno de un país  y por el cual se le permitía a su propietario a atacar barcos  (piratas)  y municipios (bases) de las naciones enemigas. Fueron muy utilizadas cuando los gobiernos no podían permitirse el lujo de mantener sus propias fuerzas navales, los corsos fueron utilizados por todas las principales naciones marítimas

Ordenanza General del Corso

Es un documento de 18 cuyo objetivo es reglamentar y regularizar las condiciones de los corsarios artiguistas



En su artículo 1º  consta una definición política sobre el principio de territorialidad del Estado con la condición  de los oficiales y tripulantes de las naves corsarias que: quedan bajo la protección de las Leyes del  Estado y gozaran,  aunque sean extranjeros, de los privilegios de inmunidades de cualquier ciudadano  americano mientras en servicio del Estado.

Los artículos 2º al 7º establecen las obligaciones de los armadores, que se fijarían contractualmente, las de orden fiscal – entrega del 4% del producido del  remate de las presas al gobierno, rebaja de derechos sobre las presas vendidas, las económicas- entrega de la mitad del armamento y útiles de guerra tomados; reintegro de auxilios que hubieran pedido a los buques del Estado, y las de carácter  político – obligación de enarbolar el pabellón tricolor federal. Los artículos 8º, 9º y 11º determinan los barcos que pueden ser considerados “Buena presa”, los portugueses los hostiles a los corsarios sin haber sido provocados y los buques sin credenciales de navegación, reputados como piratas
  
El artículo 12º autoriza la enajenación de las presas

El artículo 13º  limita la acción de los corsarios en las proximidades de los puertos neutrales o amigos, los artículos 14º, 15º y 18º obligan a guardar la mayor moderación con los prisioneros y el máximo orden posible de las vistas y reconocimientos de las naves, así como la puntual observancia de las leyes penales

Sujetas a las disposiciones del Reglamento se expidieron las “Cartas Patentes” o ”Letras Patentes”, que habilitaban a los barcos para la guerra. Eran: las de Navegación, que establecían la nacionalidad y el nombre del navío y lo facultaba usar el pabellón federal y a navegar por los diversos mares; las de corso o “Carta de Marca” que autorizaba la acción específica de los corsarios



Debe diferenciarse el corsario que dispone de una patente de corso con la que podía demostrar estar autorizado  para  perseguir y saquear  naves, no como acción de guerra pero por barcos autorizados por su gobierno



Pirata, persona que asalta  y roba barcos si licencia


Bucanero  era un pirata que en los S. XVI y XVII saqueaba nuestras posesiones en tierras americanas 

Fuentes consultadas, Wikimedia, Imágenes de la red


viernes, 5 de junio de 2015

Sentencias / Importantísimo paso para la recuperación de los bienes aragoneses

desembalando la tabla gótica - Benabarre


Este  tapiz que vemos al fondo forma parte de la heráldica de los reyes del reino de Aragón en la edad media
Poco a poco las cosas vuelven a su cauce del que no debieron de salir, pero que posiblemente auspiciadas por un gran desconocimiento acerca del valor de lo que poseemos, se fueron de  nuestras manos. También creo que ha habido dejadez por parte de los que si saben, al final es el pueblo llano el que da la voz de alarma y gracias a él se consigue lo que debe de ser

Cataluña es un pueblo que se está ganando a pulso la repulsa de muchos españoles y es lamentable pues no todos los que habitan en Cataluña son iguales, diría más, quizás los más radicales, ni siquiera son catalanes, siento decirlo, pero alguno incluso es de mi tierra. Lo peor es que muchas veces no gritamos ni nos manifestamos, no estoy de acuerdo pero callo y este silencio es cómplice y apoyo de los cuatro que si gritan y vociferan. Se han empeñado es ser nación aparte, mucha arrogancia por su parte, sobre todo porque se basan en tergiversar la historia apropiándose de la historia de los demás, según algunos de ellos no existe España, Existe Cataluña

Buena noticia es que Lérida haya devuelto a Aragón el fragmento de  la tabla gótica de la Resurrección que formaba parte del retablo de la iglesia de Santa María de Valdeflores de Banabarre

La ha devuelto en ejecución de  una sentencia  que le reconoce al gobierno autonómico el derecho al retracto, previo pago de 26.338,4 €, esta es la cantidad que   Lérida  pago al adquirir el cuadro en una subasta en 2009  

Ha podido ser recuperada por tratarse de una obra de la iglesia del Castillo de Benabarre, este edificio  esta declarado bien de interés cultural, y la sala de subastas debió de poner en conocimiento del Gobierno Aragonés su puesta a la venta

La Diputación leridana  estima que su adquisición fue legal, pues la sala de subastas hizo la notificación correspondiente a las administraciones interesadas, ellos estiman que  esto paso inadvertido para el gobierno de Aragón y creen estar en la legalidad, pero acatan, dicen, la sentencia  y devuelven una pieza de la que ellos consideran son los legítimos propietarios

Versión Aragón es que  cuando la Diputación de Lérida compro este fragmento de tabla lo denuncio, por supuesto expolio, por lo que fue intervenida por la brigada de Patrimonio de la Guardia Civil

Existen muchos bienes en litigio  con la comunidad catalana esperemos que vayan volviendo a su autentico propietario

Según manifiesta el alcalde de Benabarre  esto es la culminación de una lucha que se inició en 2009

La tabla considerada una importante obra del gótico e inventariada dentro del Patrimonio Cultural Aragonés, es el primer bien de arte sacro aragonés depositado en Cataluña que regresa a Aragón

De momento será depositada en el Museo de Huesca para su documentación y conservación

Continuamos con SIGENA

Bienes de Sigena
En los años 1983, 1992 y 1994 las monjas vendieron gran parte de los bienes de Sigena

La Orden de San Juan de Jerusalén que ocupaba el cenobio se traslado a Valldoreix (Barcelona) con  parte del  mobiliario que  pertenecía al monasterio  se trasladaron a la diócesis de Lérida.   Gran parte de estos bienes se vendieron a la Generalitat en las tres fechas mencionadas

En que se ha basado el gobierno de Aragón para reclamarlas? Defiende que las ventas son nulas de pleno derecho ya que el Monasterio es un Bien de Interés Cultural y además Monumento Nacional y todo lo que contiene en su interior está afectado por estas declaraciones, no se puede fragmentar y venderlo a pedacitos  
Ante  la negativa del obispo de Lérida a acatar las sentencias que le ordenaban la devolución de las más de cien pizas reclamadas, el gobierno aragonés planteo la cesión de los derechos sobre la propiedad, pero los obispos de Huesca y Barbastro se opusieron y la presidenta de Aragón cree que esta actitud  fue una equivocación



No obstante si fue aceptada por las monjas de Sijena, lo que ha permitido que  el proceso de reclamación de estos bienes del Monasterio sea visto en un juicio civil en Huesca

Al parecer  la audiencia de Huesca resolvió que el Gobierno Aragonés no podía  reclamar la ejecución de las sentencias eclesiásticas por no ostentar títulos de propiedad de los bienes

Por ello se pensó que la mejor solución era que se cediera al Gobierno de Aragón  la propiedad, firmando un convenio que garantizara que  al regresar los bienes serian depositados en el Museo Diocesano de Barbastro, pero los obispos no lo consideraron adecuado

Abril de 2015 La justicia ha declarado nulas de pleno derecho las tres operaciones de venta de los bienes del patrimonio Histórico-Artístico  del Monasterio de Sijena a Cataluña

Para el Consejero catalán de  Cultura,  la sentencia no es justa, según él la sociedad catalana se encargó de salvar estos bienes por lo que interponen un recurso  y consultado si devolverán estas obras, ha dicho que está seguro de que la recomendación de los Servicios jurídicos de la Generalitat seguramente no irá por ese cauce

Ante este recurso el ayuntamiento de Sigena se plantea pedir la ejecución provisional de la sentencia

Una nueva noticia nos dice que el Supremo ha desestimado  en cuatro sentencias los recursos de casación de la Generalitat catalana. Apudepa (Acción Pública para la defensa del Patrimonio Aragonés) en una nota de prensa se felicita considerando un paso importantísimo esta sentencia del Supremo para conseguir el retorno del patrimonio cultural aragonés

para la Presidenta de Aragón: las sentencias deben cumplirse

En estas sentencias el tribunal supremo confirman las catalogaciones siguientes:

24 bienes aragoneses como Bienes de Interés Cultural. Entre ellos se encuentran

El frontal de Buira
La Virgen de Zaidin
El retablo de San Antonio de Monzón
La casulla de San Vicente de Roda de Isábena   -  El boletín de Aragón de 22/02/2011 publica la orden de 28 de enero de 2011, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se declaran  Bienes inventariados del Patrimonio Cultural Aragonés 86 bienes muebles pertenecientes a parroquias aragonesas de la diócesis  de Barbastro-Monzón, depositados en el Museo de Lérida, Diocesano y Comarca. Esta pieza figura dentro de la relación de bienes muebles

El frontal de San Vicente de Treserra

86 bienes aragoneses como Bienes Inventariados, entre ellos se encuentran

El retablo de la vida de la Virgen de Montanuy
Las tablas de San Pedro y San Pablo de Bomaced
El retablo de la Virgen de Chalamera
La Arqueta de San Ramón de Roda de Isábena  -  El boletín de Aragón de 22/02/2011 publica la orden de 28 de enero de 2011, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se declaran  Bienes inventariados del Patrimonio Cultural Aragonés 86 bienes muebles pertenecientes a parroquias aragonesas de la diócesis  de Barbastro-Monzón, depositados en el Museo de Lérida, Diocesano y Comarca. Esta pieza figura dentro de la relación de bienes muebles


Frontal de Berbegal como Bien de Interés Cultural

Tabla de San Pedro y la Crucifixión de Peralta de Alcolea, como bien inventariado

Contra las sentencias no cabe interposición de recurso alguno por lo que se trata de un importantísimo paso para el retorno de los bienes a su lugar de origen

Más que nunca se confirma que la decisión de APUDEMA de iniciar el proceso para la catalogación de las obras de arte retenidas en Lérida  era un magnífico paso para el reconocimiento de los derechos aragoneses. Y entiende, además,  que la resolución definitiva de estos pleitos constituye una demostración de los lejos que puede llegar la sociedad civil si se organiza y lucha por sus legítimos derechos. Ahora solo queda que todas las autoridades acaten las sentencias y los bienes regresen a sus lugares de origen

Esta  claro que para conseguir algo hay que luchar y en esto que llaman democracia debe de ser el pueblo llano el que luche para tener la ultima palabra

Mi enhorabuena a todos los que han conseguido recuperar su patrimonio y el resto a seguir luchando



Fuentes consultadas: Gobierno de Aragón - Heraldo de Aragón – EFE – EuropaPress